Esta es una pregunta que preocupa a mucha gente que, por los más diversos motivos, se encuentra en la situación de que su nombre aparece en alguno de los comúnmente denominados “registro de morosos”. La última razón de tal pregunta reside en que tales ficheros se terminan convirtiendo en auténticos registros de solvencia, lo que afecta, indudablemente, en la vida diaria de las personas cuyos nombres aparecen en tales ficheros.
Para entender de qué estamos tratando, debemos tener en cuenta, en primer lugar, que los datos que aparecen en estos registros han de ser, necesariamente, facilitados por un acreedor, o de quien actúe por su cuenta o interés. Pero el acreedor no puede ceder esos datos sin cumplir los siguientes requisitos imprescindibles:
- Que exista una deuda previa, cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada y sobre la cual no exista controversia judicial, arbitral o administrativa.
- Que se haya formulado el requerimiento previo de pago a quien viniese obligado al cumplimiento
- Que no hayan transcurrido seis años desde que debió pagarse.
- Que el acreedor conserve, a disposición del responsable del registro y de la Agencia Española de Protección de Datos documentación acreditativa de los requisitos señalados más arriba, así como del requerimiento de pago.
- También se exige al acreedor que cede los datos que se comunique este hecho al deudor, lo que podrá hacer en el momento de celebración del contrato o, lo más común, al efectuar el requerimiento de pago. Esto significa que no es necesario el consentimiento del deudor para la inclusión en este tipo de ficheros.
¿Qué tipo de datos pueden constar en estos ficheros?
Solamente se podrán ceder y registrar los datos personales que resulten determinantes a fin de enjuiciar la solvencia económica de los interesados y, en ningún caso que se refiera a datos de más de seis años de antigüedad. Por tanto,
- No se podrán registrar datos sin relevancia económica
- El dato registrado (el hecho del impago, por ejemplo) no podrá tener una antigüedad superior a los seis años.
- Los datos de carácter personal deben corresponderse con la situación actual.
Los afectados (y perjudicados) por tales datos pueden pedir la rectificación de los mismos, pudiendo optar por dirigir dicha solicitud al acreedor que ha facilitado tales datos, o bien al responsable del registro. Los plazos legales para proceder a dicha rectificación son breves, dependiendo a quien se dirija la solicitud de rectificación puede ser incluso de seis días; siempre que la solicitud de rectificación incluya indicios probatorios que desvirtúen los requisitos exigidos para la inclusión del dato en el fichero.
¿Cómo efectuar la solicitud de rectificación?
Empezaremos por señalar que los trámites de rectificación son gratuitos y el interesado simplemente debe enviar una comunicación por escrito (en modo que pueda probar el envío y recepción).
En tal solicitud debe incluir:
- Señalar los datos a rectificar y el fichero en que se encuentre
- El domicilio del solicitante, a efectos de notificaciones
- La solicitud debe ir fechada y firmada, y se acompaña de una copia del DNI.
Es importante destacar que la rectificación solicitada solamente se podrá denegar por resolución motivada y que, si hemos hecho las cosas correctamente, el plazo para tal respuesta por el responsable del fichero es de diez días.
De los requisitos que debe cumplir el acreedor para incluir los datos en un fichero de morosos resultan obvios los más elementales medios para conseguir la rectificación. Entre los que destaca el plazo de los seis años, y el cumplimiento del requisito de requerimiento de pago.
Dada la importancia que tiene el acreditar que se ha solicitado la rectificación de datos nos permitimos recomendar que la solicitud, adjuntando cuanto hemos señalado, se envíe por burofax con certificación de texto y acuse de recibo, lo que obligará al responsable del fichero a contestar en un breve plazo.
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Direcciones de los principales ficheros de morosos
Equifax Ibérica Apdo. Correos 10.546 (Madrid) C.P. 28080
Experian-Badescug Apdo. Correos 1.188 Alcobendas (Madrid) C.P. 28108
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