Preguntar “¿qué puede hacer por ti un Abogado?”, he de reconocer, suena a chiste. No en vano el arquetipo del abogado chuleta y soberbio sigue siendo, por desgracia, una de las imágenes que en el colectivo popular define al profesional de esta cosa que es el Derecho. Sin embargo, y sin pretender hacer un chiste, intentaré dar respuesta a esa pregunta.
“La abogacía es una profesión libre e independiente que presta un servicio a la sociedad en interés público y que se ejerce en régimen de libre y leal competencia, por medio del consejo y la defensa de derechos e intereses públicos o privados, mediante la aplicación de la ciencia y la técnica jurídicas, en orden a la concordia, a la efectividad de los derechos y libertades fundamentales y a la Justicia”, reza el art. 1.1º del Estatuto General de la Abogacía Española al definir la –digo yo aunque me lo discutan- noble profesión del ejercicio de la abogacía. Así, pues, el Abogado no va a ser más que aquél licenciado (ahora, graduado) en Derecho que ejerce profesionalmente la dirección y defensa de una persona, o varias, en toda clase de procesos, quien las asesora y las aconseja.
He aquí lo que puede hacer por ti un Abogado: defenderte y dirigirte en un proceso, asesorarte y aconsejarte.
La defensa y dirección en un proceso se entiende fácilmente, quizá por ser la relación más habitual y no pocas veces denostada. El Abogado defiende los intereses de su cliente, ya sea en lo civil o en lo penal, ya en lo social o en lo contencioso-administrativo, y dirige a su cliente a través de los vericuetos de los procedimientos que conforman un proceso judicial. Algunos compañeros de profesión son generalistas, como este bufete de abogados en Valencia, dedicándose a las principales ramas del Derecho; otros, están especializados en un área o en aspectos muy concretos de una de las grandes ramas: civilistas (ya sean abogados de familia, matrimonialistas, mercantilistas, hipotecaristas…), penalistas (y penitenciaristas), laboralistas y administrativistas, sin olvidar a los compañeros que se dedican, muchas veces en exclusiva, al turno de oficio . Hay de todo, como en botica.
El asesoramiento se articula mediante los dictámenes, básicamente, que no son más que opiniones fundadas en Derecho. Una especie de “me haces una pregunta y te lo respondo en 15 páginas” que permite al cliente asesorado conocer una cuestión en profundidad para tomar una decisión relevante. Normalmente, lo del asesoramiento (que siempre me ha sonado muy ampuloso) se deja para asuntos complejos, peliagudos o discutidos (con las leyes cada vez peor redactadas, hay normas que se pueden entender, más o menos, al gusto).
El consejo jurídico es algo poco habitual en la clientela aunque en los últimos años, por fin, parece estar en alza. El consejo es todo eso que puede hacer por ti un Abogado antes de que hayas metido la pata hasta el cuezo y te veas avocado a un juicio. Tradicionalmente, la clientela venía sustituyendo el consejo jurídico por el consejo del bar, con los lugareños haciendo de abogados y recurriendo a memorias grises de cosas que le pasaron a un cuñado. Afortunadamente, hoy en día me encuentro, cada vez más, que la clientela prefiere emplear una hora de su tiempo en contarme sus cuitas y consultarme sus dudas. A lo mejor la respuesta no te gusta (no os hacéis ni idea de la cantidad de veces que le llevo la contraria a mis clientes) pero, al menos, la respuesta será acorde a tus circunstancias y no a las del cuñado del vecino.
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