La frase con la que encabezamos estas líneas , «Tuve una pelea y tengo un juicio ¿qué va a pasar?»,resulta más habitual de lo que, en principio, pudiera pensarse. Y, naturalmente, como tantas veces, la respuesta no puede ser única, sino que lo que suceda dependerá de lo realmente ocurrido en la citada pelea. Por ello, intentaremos ir señalando diversas consecuencias, en función de los diversos hechos acontecidos.

¿Son delitos perseguibles todas las peleas?

De entrada, es obvio que lo de pelarse no es modo de solución de problema alguno, pero sí causa de muchos, por lo que es absolutamente desaconsejable tal conducta. Sin embargo, debemos empezar por señalar que, si bien desde hace aproximadamente un año ya no existe la división entre delitos y faltas sino que se diferencia entre delitos graves y leves, sin embargo algunas lesiones sólo son perseguibles a instancia de la persona agraviada.

Lo dicho significa que, en un hipotética pelea, si las lesiones sufridas por el agredido son de muy escasa entidad, es decir, no requieren tratamiento médico, más allá de una primera cura, o incluso si no requiere asistencia médica alguna, en tal caso sólo se persigue el delito si existe denuncia del agraviado o de su representante legal, en su caso. De modo que, en este tipo de sucesos, solamente se producirá una condena por delito leve.

¿Si lo ocurrido no produjo lesiones en ninguno de los intervinientes qué pena corresponde?

Como decimos en ese supuesto solamente se persigue el delito a instancia de la persona lesionada, en cuyo caso, y en atención a las circunstancias concurrentes, la pena será de uno a dos meses de multa, si el agredido no ha sufrido lesión alguna y de uno a tres meses de multa si ha sufrido una lesión leve que haya precisado, solamente, de una asistencia facultativa.

Hemos de explicar en que consiste la pena de multa, en estos casos, se trata de una pena económica cuantificada por días, de modo que se fija una cantidad a abonar por cada día de condena, esta cantidad diaria se fija en base a las posibilidades económicas del causante del daño. Esta multa debe ser abonada en su integridad, ya que el incumplimiento no conlleva recargos o similares, sino que, al tratarse de una condena penal, implica que por cada dos cuotas diarias que no se hayan pagado se ingresará un día en prisión. Ello nos da idea de la importancia de proceder al pago de estas multas.

¿Y si al lesionado han tenido que ponerle varios puntos y tuvo tratamiento médico posteriomente?

En tal caso nos enfrentamos a un delito de lesiones graves del artículo 147, en el cual, de nuevo en función de las circunstancias concurrentes las penas serán mucho más graves, contemplándose la posibilidad de prisión de entre tres o tres años, aunque podría resultar, también, una multa aunque más cuantiosa que en el caso anterior.

¿Los medios utilizados en la pelea importan para la condena?

Naturalmente, el delito que, hasta lo que hemos visto es un crimen de resultado, en el que la pena va a estar muy vinculada con el resultado producido en la pelea, pues si como resultado de la mism

a se perdiese algún órgano por parte del lesionado, la pena se incrementa hasta la prisión de seis a doce años; del mismo modo, también se agrava la pena si en la pelea se han utilizado armas u otros objetos e instrumentos peligrosos para la vida.

En suma, la respuesta a la pregunta que se nos formula tras participar en una pelea no es única, sino que depende de las circunstancias concurrentes, que pueden conducir a resultados absolutamente diferentes en uno u otro caso.

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